Comisión de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de México

Secretaría de Salud

Sobre Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva

Las presentes recomendaciones se emiten a la Población en General, Profesionales de la Salud, Titulares de Unidades Médicas y Responsables Sanitarios, donde se realicen intervenciones quirúrgicas, tratamientos plásticos estéticos y reconstructivos; así como sugerencias a instituciones educativas involucradas en el tema.

 

I.- A la Población en general

 

a) Verificar la debida certificación del equipo médico tratante

Toda intervención quirúrgica, tratamiento plástico, estético y reconstructivo debe ser efectuado por un equipo multidisciplinario especializado, es un derecho de las y los pacientes conocer el grado de especialidad del profesional en cirugía plástica, estetica y reconstructiva; así como del certificado vigente emitido por el Consejo de la Especialidad.
Para ello la Cédula Profesional podrá consultar la en el Registro Nacional de Profesionistas en: https://www.cedulaprofesional.sep.gob.mx/cedula/presidencia/indexAvanzada.action
Asimismo, la certificación del Consejo Mexicano de Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva, así como su vigencia podrá consultarse en: https://cmcper.org/

 

b) Informarse integralmente sobre el procedimiento a practicarse

Deberá informarse adecuadamente sobre los requisitos previos a la operación, los riesgos que implica, así como los cuidados médicos necesarios posteriores a la intervención y las consecuencias a la salud en caso de no llevarlos. Debe considerar que no son recomendables las intervenciones quirúrgicas, tratamientos plásticos, estéticos y reconstructivos, practicados sin acompañamiento previo multidisciplinario, médico, especialista y psicológico.

 

c) Cuidar a las y los menores de edad

Con las salvedades médicas y patolópicas debidas, las y los menores de edad no deberán someterse a este tipo de procedimientos, prevaleciendo el interés superior de la niñez y del derecho a la salud.

 

d) Tener cuidado con la publicidad engañosa

En ocasiones se ofrecen diversos tratamientos de alta especialidad que no pueden ser realizados por personal que no cuente con las cédulas de especialidad, certificaciones y conocimiento acreditado para ello.

 

e) Verificar certificaciones sanitarias

De igual forma se recomienda verificar que la unidad médica donde se realizará la intervención quirúrgica, tratamiento o procedimiento, cuente con las autorizaciones sanitarias respectivas por la autoridad regulatoria, tanto del establecimiento como del responsable sanitario, en términos de las disposiciones aplicables y que estén a la vista del público.
En este sentido, es ideal que la unidad médica cuente con certificado emitido por el Consejo de Salubr idad General (CSG), dichos certificados pueden ser consultados en la siguiente liga: https://www.gob.mx/csg/articulos/establecimientos-de-atencion-medica

 

f) Recabar los datos del médico tratante

Se recomienda recabar los datos del personal que participará en la intervención quirúrgica, tratamiento o procedimiento, principalmente aquellos datos de localización, teléfono, domicilio y correo electrónico; además de solicitar por escrito una copia de su expediente clínico y/o resumen médico para seguimiento y futuras atenciones.

 

g) Brindar información completa y veraz de su estado de salud a la o el médico especialista tratante

Es necesario informar sobre cualquier intervención previa, tratamiento o enfermedad crónico degenerativa, con la finalidad de que el especialista pondere debidamente el caso, y en su oportunidad prevenga cualquier eventualidad que pudiera complicar el procedimiento.

 

h) Cumplir con las indicaciones de la o el médico especialista tratante

Bajo el principio de corresponsabilidad y obligaciones del paciente debe cumplir con las indicaciones preoperatorias como las postoperatorias, con la finalidad de obtener los resultados esperados; e informar cualquier complicación o malestar que presente la o el paciente previo, durante o posterior a la intervención o tratamiento médico plástico, estético o reconstructivo.

 

 

II.- A las y los profesionales de la salud

 

a) Cumplir con los protocolos preoperatorios

La o el especialista cirujano plástico, estético y reconstructivo deberá cerciorarse de contar previamente con todos los elementos y estudios relacionados con la salud de la o el paciente, con la finalidad de dar cumplimiento cabal a los procedimientos y protocolos existentes en la materia, los preoperatorios deben incluir cuando menos diagnóstico por médico especialista en medicina interna, de acuerdo a los antecedentes del paciente, psicólogo, laboratorios, estudios generales y de gabinete.

 

b) Brindar informacion integrala la o el paciente

Es deber del profesional de la salud, informar de manera verbal y por escrito sobre los tipos de procedimientos recomendables de acuerdo al paciente, los riesgos y consecuencias médicas que se hayan documentado, incluyendo aquellos efectos secundarios que pudieran presentarse con motivo de algún padecimiento crónico pasado, presente o futuro, así como los cuidados post operatorios y especificar el tiempo en que deberá realizarlos, con la finalidad de que la o el paciente tome la decisión de manera clara y sin vicios de consentimiento.

 

c) Integrar la historia clínica

En todos los casos es su deber elaborar y conservar la historia clínica completa de sus pacientes, recabando evidencia de sus condiciones estéticas preoperatorias, con estricto apego a la Norma Oficial Mexicana NOM-O04-SSA3-2012 del expediente clínico.

 

d) Recabar por escrito el Consentimiento Previo e Informado

Antes de cualquier atención deberá brindar explicación de los riesgos y beneficios que pudiera tener una intervención quirúrgica o tratamiento, y recabar el Consentimiento Informado por escrito, el cual debe contener las obligaciones de resultados para con sus pacientes, complementarias a las de medios o diligencias, inherentes al entorno de la Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva.

 

e) Informar oportunamente al paciente sobre los riesgos y complicaciones

Siempre advierta a sus pacientes acerca de los riesgos potenciales que pueden actualizarse a pesar de una atención diligente, asentándolo en el Consentimiento Informado.

 

f) Emitir su opinión incluso cuando ésta no sea favorable

Como profesional módico y experto en la materia, no dude en expresar a su paciente cuando los procedimientos que le solicita no le favorecen médicamente, haga uso de su objeción de conciencia y registrelo por escrito en el expediente clínico.

 

g) Conozca a su paciente

Asegúrese de conocer a fondo las expectativas estéticas de su paciente, comparta las suyas; en su caso, trate de conciliarlas anteponiendo en todo momento la salud, incluso turnar con un especialista en salud mental si lo considera necesario.

 

h) Diversifique las valoraciones preoperatorias

No omita la solicitud de valoraciones preoperatorias, por parte de medicina interna particularmente en pacientes mayores de 40 años, así como la posibilidad de interconsulta a cualquier especialista en razón de las posibles patologías del paciente, no olvide la valoración psicológica en todas las cirugías electivas.

 

i) Valide la disponibilidad de infraestructura

Cerciórese de que la unidad médica donde pretenda realizar una Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva, disponga de la infraestructura y equipamiento necesarios para el ejercicio de ésta y, en su caso, que tenga convenios con otras de mayor capacidad (Banco de Sangre y Unidades de Cuidados Intensivos), previendo alguna eventualidad. Y contar con un carro rojo y una ambulancia debidamente equipada.

 

j) Permanezca en la Unidad Médica

No se retire de la unidad médica hasta que la o el paciente se encuentre totalmente recuperado de la anestesia; o bien, cerciórese de que éste debidamente supervisado por personal capacitado para cualquier emergencia; una vez consciente el paciente, infórmele de los resultados operatorios y acerca de eventuales complicaciones anestésico-quirúrgicas que puedan variar o impedir la obtención de los resultados esperados.

 

k) Valore no realizar cirugías electivas prolongadas

A efecto de evitar causar daños a la salud de sus pacientes, evite en la medida de lo posible, cirugías electivas prolongadas; procurando solo intervenir una zona del cuerpo por cada evento quirúrgico; y sugerir a las y los pacientes esperar cuando menos 1 año, para cualquier otra intervención que requiera anestesia general.

 

l) Sobre su Formación y Capacitación

El profesional de la salud deberá revisar antes de cursar una especialidad médica, la correspondiente acreditación de la institución académica ante las autoridades educativas y que cuente con la opinión técnica favorable por parte de la Comisión Interinstitucional para la formación de Recursos Humanos en Salud; así como el otorgamiento del Reconocimiento de Validéz Oficial de Estudios RVOE correspondiente, otorgado por la Secretaría de Educación Pública. Ademas verificar que se cumplan los principios básicos que se deben observar para la práctica de esta rama, principalmente las horas de práctica para la profesionalización.

 

m) Continuar con su actualización profesional

Acreditar de manera periódica la certificación vigente de su conocimiento, por parte del Consejo Mexicano de Cirugía Plástica Estética y Reconstructiva o según corresponda de acuerdo con el Comité Normativo Nacional de Especialidades Médicas.

 

n) Acompañar sus procedimientos de forma multidisciplinaria

De considerarlo solicitar las interconsultas necesarias con otros médicos especialistas, cuando la complejidad del caso así lo amerite.

 

 

III.- A las y los Titulares de Unidades Médicas y Responsables Sanitarios

 

a) Certifique su Unidad Médica

Es preferible realizar un procedimiento quirúrgico en un hospital que cumpla con los criterios establecidos en el Modelo Único de Evaluación de la Calidad (MUEC), emitido por el Consejo de Salubridad General; por ello se recomienda obtener la certificación correspondiente.

 

b) Supervise al personal médico

Es obligación de los directivos de la Unidad Médica y responsables sanitarios, supervisar que las y los medicos que realicen intervenciones quirúrgicas, tratamientos plásticos, esteticos y reconstructivos, dentro de sus instalaciones se ajusten irrestrictamente a los señalamientos e indicaciones de la Ley General de Salud y sus Reglamentos, Normas Oficiales Mexicanas, Guías de Práctica Clínica, criterios sobre seguridad del paciente, mejores prácticas y normativa sanitaria complementaria, así como que éstos cuenten con el grado académico y de certificación correspondiente.

 

c) Solidarizarse con el paciente

Es preferible que la unidad médica responda de forma solidaria por las quejas en contra de las y los módicos que hayan realizado intervención quirúrgica, tratamiento o procedimientos, bajo el principio de representación aparente, en su caso, se recomienda a las instituciones médicas garantizar el acceso a la salud como medida prioritaria ante cualquier eventualidad reclamada.

 

 

IV.- Recomendación al Organismo Federal y Estatales de Protección contra Riesgos Sanitarios

 

a) Fortalecer las estrategias de verificación sanitaria de los consultorios y unidades médicas

Para que en el ámbito de sus competencias, verifiquen que las unidades médicas donde se realizan intervenciones relacionadas con Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva cuenten con las autorizaciones sanitarias respectivas, tanto del establecimiento como del responsable sanitario, en términos de las disposiciones aplicables.

 

b) Realizar una Campaña de difusión

Implementar una campaña de difusión masiva sobre los requisitos que deben cumplir los consultorios y unidades médicas que realicen intervenciones relacionadas con Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva.

 

 

V.- A las instituciones DGAIR, DGCES, Organismos Estatales de profesiones, y de enseñanza en las Secretarías de Salud

 

a) El CMAM, sugiere a la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR), Dirección General de Calidad y Educación en Salud, (DGCES), organismos estatales de profesiones, y de enseñanza en las Secretarias de Salud

Replantear los requisitos para el otorgamiento de la Opinión Técnica Favorable OTA; y como consecuencia la emisión del RVOE; de todas las especialidades, maestrías y doctorados relacionados con intervenciones quirúrgicas y tratamientos médicos plásticos, estéticos y reconstructivos.
Con la finalidad de garantizar que los planes y programas de estudio cumplan con las horas de práctica presencial en unidades de salud autorizadas, habilidades, destrezas y pericia que aporte las capacidades mínimas y necesarias para la prestación de un servicio de calidad que evite casos de mala práctica profesional, de acuerdo con la normativa que corresponda.